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[El Problema Español]

Miércoles, 04 de Febrero de 2004
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AMENAZÓ CON HACER DAÑO A SU MADRE
El Supremo reduce a la mitad la pena de un hombre que abusó de dos niñas porque 'no las intimidó'

SERVIMEDIA

MADRID.- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha reducido a la mitad la pena de 16 años de cárcel impuesta a un hombre que abusó de las dos hijas de su compañera sentimental, de 14 y 8 años de edad, por considerar que cometió abusos sexuales, pero sin intimidación. Sin embargo, la lectura de los hechos mostrados en la sentencia hacen dudar de esto último.

Los hechos ocurrieron en Vic (Barcelona), entre 1994 y 1996. El agresor comenzó a abusar de la mayor, de 14 años, quien se oponía a las intenciones del novio de su madre. Según consta en la sentencia, llegó a penetrarla vaginalmente.

El agresor la amenazaba con hacer daño a su madre o a sus hermanos si decía lo que le estaba haciendo. De esta forma, estuvo abusando de la chica hasta que ésta, con 16 años, le dijo que si seguía le denunciaba.

Fue entonces cuando comenzó a abusar de la pequeña de ocho años, a la que realizaba diversos tocamientos y a la que amenazó para que no dijese nada. De esta forma, generó en la menor "miedo a que le tapara la boca y la ahogara", según consta en la sentencia.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó al agresor a 16 años de cárcel por dos delitos de agresión sexual y a indemnizar a las niñas con un total de 30.000 euros.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha reducido a la mitad la condena al considerar que en ambos casos no hubo intimidación, sino que lo que existió fue un miedo que tranformó en intimidatorio "una acción que en sí misma no tiene ese alcance".

Los magistrados explican que la intimidación "implica la amenaza de un mal o perjuicio para la vida o la integridad física que sea grave e inmediato, amenaza realizada de palabra o mejor aún mediante actos concluyentes".

Tras señalar que "los actos intimidatorios descritos carecen objetivamente del componente normativo de la intimidación", los magistrados recuerdan que en el caso de la niña pequeña la amenaza consistió en advertirle "que no dijese nada".

En el caso de la mayor, el Supremo señala que, aunque el agresor amenazó con hacer daño a su familia y la chica temió que tales advertencias pudieran hacerse realidad, lo cierto es que los abusos cesaron cuando ella le dijo que iba a denunciarle.


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