EL "PROBLEMA ESPAÑOL" 

Ideas a tener en cuenta ante una posible reedición del Pacto de Toledo
Por Pedro Vaquero del Pozo.

Tomado del Sitio web del PCEIndex PCE - Sec.Mundo del Trabajo

Pedro Vaquero del Pozo

El art.41 de la Constitución Española establece como deber para el gobierno y como derecho para los ciudadanos/as un sistema público de Seguridad Social con prestaciones (pensiones, etc.) suficientes. La filosofía de fondo es un concepto de bienestar basado en la seguridad de que todo ciudadano/a va a tener en las contingencias o dificultades de la vida (enfermedad, viudedad, vejez, jubilación, orfandad, etc.) una renta suficiente para llevar una vida digna.

El mecanismo que concreta la ley es un sistema mixto, compuesto por prestaciones contributivas, asistenciales y complementarias. El deber del gobierno de mantener un sistema público con prestaciones suficientes se extiende a las contributivas (para los que cumplan los requisitos del sistema de Seguridad Social) y asistenciales o no-contributivas (que paga el Estado con cargo a los presupuestos), pues las complementarias son una forma de ahorro de los ciudadanos/as para mejorar su renta por encima de la cobertura suficiente que realice el sistema público.

Para que las prestaciones contributivas tengan viabilidad la ley ha creado un sistema de reparto o de solidaridad intergeneracional consistente en que las cotizaciones de los trabajadores en activo van financiando el pago de las prestaciones de los beneficiarios del sistema (pensionistas, parados, etc.). Pero ello no quiere decir que las pensiones deban ser financiadas exclusivamente por las cotizaciones, pues siempre se ha admitido en la ley que cuando éstas no sean suficientes, el Estado deberá echar mano del dinero de los impuestos para financiar lo que sea necesario.

IU rechaza el carácter regresivo de las reformas que las políticas neoliberales llevan a efecto en el sistema público de la Seguridad Social pues contradicen el espíritu y la letra de la Constitución:

1. Antes se entendía que una reforma venía a dar pasos positivos en el sentido de extender los beneficios del bienestar de los ciudadanos/as más necesitados. Las reformas de la Seguridad Social llevadas a cabo últimamente y la que está en curso son regresivas, pues pretenden “consolidar” el sistema, a cambio de recortar la cuantía de las prestaciones y por tanto del bienestar que otorgan.

2. Respecto al método, crean un clima de inseguridad o temor en la opinión pública contrario al objetivo de seguridad en que se sustenta el precepto constitucional, al basarse en campañas que atemorizan a los ciudadanos/as poniendo en tela de juicio la estabilidad o viabilidad financiera del sistema.

3. Dicha estabilidad financiera se realiza mediante la congelación del porcentaje del PIB que deba destinarse al bienestar (Seguridad Social, Sanidad, Educación, Vivienda), y en concreto dogmatizando respecto a que una Seguridad Social estable no debe pasar del 10% del PIB, cuando esto es una decisión política, nunca un dogma económico.

4. Las proyecciones macroeconómicas y demográficas que, según los informes realizados por encargo de los bancos y las aseguradoras a algunos expertos, prueban la inestabilidad endémica de las finanzas de la Seguridad Social, han resultado ser puros instrumentos justificatorios de las políticas de ajuste que los neoliberales querían realizar. Por el contrario, el análisis de que el sistema era estable y que la clave para garantizar la estabilidad del sistema de reparto está en el modelo económico y en la política de empleo, han sido ratificado por la experiencia. A este respecto, hay que decir que la economía informal potenciada por una mal entendida flexibilidad del mercado de trabajo y la política consistente en restringir los derechos de los inmigrantes (actual Ley de Extranjería) dificulta objetivamente la tasa de reposición de los trabajadores en activo cuyas cotizaciones deben financiar el pago de las pensiones.

5. Dados los límites presupuestarios adoptados por una decisión política reaccionaria, y como quiera que el modelo económico impone la acumulación de capital como prioridad excluyente de todo reparto de los incrementos de productividad y de beneficios, los datos demográficos se convierten en un falso problema sin otra solución que el ajuste. ¿Cómo se realiza el ajuste?

a) Una falsa lectura de los criterios estructurales del Pacto de Toledo:

- El límite presupuestario actúa como un corsé, cuyo corolario es la teoría de que el sistema contributivo debe ser autosuficiente, es decir que las prestaciones de la Seguridad Social deben financiarse con las cotizaciones y no con dinero que provenga de los impuestos. De ahí que, aunque la ley explicite que el Estado deberá ayudar al sostenimiento de la Seguridad Social cuando fuere preciso (art.86.2 LGSS), el gobierno de la derecha ha interpretado el compromiso suscrito en el Pacto de Toledo de separar las fuentes financieras de la Seguridad Social respecto de las del Estado como un mecanismo no sólo de clarificación y control del gasto social, sino como un mecanismo para desligarse de dicho mandato legal.

- El Estado ha ido desviando parte de las cotizaciones de los trabajadores hacia gastos que debería financiar con el dinero de los impuestos, pues ha considerado préstamos a la Seguridad Social el dinero con que pagaba algunas prestaciones, mientras las obligaciones que él tenía y que pagaba y sigue y seguirá pagando durante el plazo de 12 años acordado entre el gobierno y CC.OO. (Sanidad antes, complementos a mínimos hoy todavía) no eran préstamos, sino sólo un hecho derivado de la no separación de fuentes. Es preciso adelantar la fecha de la separación de fuentes.

- El fondo de reserva es una provisión más virtual que real, que al mismo tiempo sirve para que el gobierno siga derivando los excedentes de las cotizaciones a otros fines que no son las prestaciones sociales (saneamiento de las finanzas públicas hacia el déficit cero o incluso el superávit).

- De todo lo dicho queda claro que para IU el esquema de todo el entramado estructural contemplado en el Pacto de Toledo debe resolverse de la siguiente forma:
1. Hipótesis de insuficiencia financiera de la Seguridad Social (las cotizaciones no bastan para pagar las prestaciones), el Estado debe poner el dinero (sobra por tanto en el documento del 2º Pacto de Toledo la frase de que el fondo de reserva es un factor estabilizador que otorga capacidad de actuación en fases bajas de ciclo económico “sin necesidad de instrumentar reducciones de prestaciones o incrementos de cotizaciones”).
2. Hipótesis de que existan superávits o excedentes: 1.1. El gobierno no puede desviar a otras partidas que no sean gastos de la Seguridad Social; 1.2. Las prioridades deberán ser: 1º mejorar las pensiones, y 2º después de la mejora de prestaciones, dotar con el resto de excedentes el Fondo de Reserva; 1.3. El gobierno no debe aprovechar la coyuntura para reducir las cotizaciones.

b) La asistencialización de las prestaciones:

- Para ahorrarle dinero a la Seguridad Social y conseguir así la viabilidad financiera, se produce un proceso de desplazamiento de muchos beneficiarios desde el “privilegio” de percibir las prestaciones contributivas a la percepción de las no contributivas o asistenciales, que son financiadas por el Estado y cuya cuantía es bastante más exigua.

- Esta asistencialización se produce por dos caminos: a) en la medida en que se deteriora el mercado de trabajo mediante el contrato precario y el nulo control de las exigencias legales en la contratación, al menos un 34% de los trabajadores (hay que analizar el mercado de trabajo en cada comunidad autónoma, pues posiblemente serán más) no podrán percibir una pensión contributiva, pues o no habrán cotizado 15 años a lo largo de su vida laboral, o lo habrán hecho con un nivel de cotizaciones tal que no llegue a cubrir las pensiones más bajas, y tendrán por tanto que acudir al mecanismo de los complementos a mínimos. b) cada vez que se amplía el número de años de cotización que sirven para calcular la base reguladora de la pensión, se genera un nuevo colectivo de trabajadores que son expulsados de las contributivas hacia las no contributivas; además, la media de la pensión se recorta, y en consecuencia habrá otro colectivo de trabajadores que no lleguen a la pensión mínima, y por tanto será complementada con el complemento a mínimos (de carácter no contributivo o asistencial).

c) El recorte del gasto en pensiones:

- El recorte de la cuantía de las pensiones: El principio de la contributividad suscrito en el Pacto de Toledo no puede leerse por separado del principio de solidaridad. Sin embargo la política neoliberal lee la contributividad como la exigencia lineal de que quien más haya cotizado más pensión debe recibir, sin tener en cuenta las circunstancias de la vida laboral del trabajador/a, ni la solidaridad que permite un sistema de Seguridad Social para todos y todas los trabajadores. IU se opone a la propuesta de ampliar a la media de cotizaciones de toda la vida laboral la base reguladora de las pensiones.

- La ampliación de la edad de jubilación obligatoria: La flexibilidad esgrimida para extender la edad de jubilación más allá de los 65 años no tiene realmente la intención de proporcionar mecanismos de realización personal de los trabajadores que aún estén en condiciones de ejercitar total o parcialmente un trabajo, sino que tiene como objetivo contribuir a aligerar la carga del gasto social retrasando el momento del devengo de la pensión, y ampliando el período de cotizaciones del trabajador de más de 65 años. Paradójicamente, esta directriz del gobierno de derechas se simultanea con la permisividad en la concesión de injusticadas prejubilaciones para empresas ex-estatales (Telefónica, Endesa…) o bancos, que recargan la nómina de las pensiones de la Seguridad Social.

- La espada de Damocles de la reducción de cotizaciones: La derecha planea recortar las cotizaciones para favorecer los intereses empresariales, con el pretexto de los excedentes de las cotizaciones. IU se opone a esta medida, pues existen otras prioridades:

  • Queda dicho anteriormente que los excedentes deberán aplicarse de un lado a la dotación del fondo de reserva, pero por encima de esto, a la mejora de las pensiones y de la Seguridad Social en general:
  • Mejora de la cuantía de las pensiones más bajas, estableciendo una pensión mínimo de 660 €,
  • la convergencia de los regímenes de la Seguridad Social, en la próxima legislatura, dejando uno para trabajadores autónomos (mejorado) y otro para trabajadores por cuenta ajena,
  • la unificación de la gestión (Agencia Estatal de la Seguridad Social),
  • la inclusión del desempleo como una prestación digna, suficiente y gestionada por la Seguridad Social,
  • la introducción del derecho universal de la atención a las personas dependientes, por la doble vía de mejorar el subsistema de los servicios sociales, concretando un plan estatal coordinado con las CC.AA. de atención a las personas dependientes, y ampliar la cobertura de prestaciones de la Seguridad Social al seguro de dependencia,
  • la consideración de las cotizaciones como bienes gananciales, con el fin de que se puedan cubrir los períodos de carencia necesarios con las cotizaciones del cónyuge, y de que se devenguen las pensiones como bienes gananciales,
  • la reconsideración del papel de las Mutuas en general, y en el control de las enfermedades de los trabajadores, en particular,
  • etc.

que son otros ideas o compromisos surgidos en el debate del Pacto de Toledo, bien cumplidos con gran cicatería, bien sencillamente olvidados.

6. La privatización como horizonte o la desnaturalización del sistema de Seguridad Social: Con estas y otras medidas, el gobierno está creando las condiciones para que aumente el segmento complementario de la pensión. Primero conciencia a todos de que él sólo tiene que garantizar una renta mínima o de supervivencia, mientras son los trabajadores los que deben completar sus rentas sustitutorias de las rentas que percibirán cuando dejen de trabajar, incentivándoles a adquirir la suficiencia o dignidad de esas pensiones mediante el sacrificio de parte de sus exiguos salarios con destino a que algún banco o aseguradora que gestione un seguro o plan de pensiones o de empleo (sistema de capitalización). Después atemoriza con la idea de que la Seguridad Social no va a tener dinero para pagar las pensiones (lo que es falso, ya que son los bancos y aseguradoras los sistemas más inseguros). Y finalmente recorta las pensiones de forma que el trabajador se sienta forzado a suscribir un seguro de vida o plan de pensiones.

Con este proceso las pensiones públicas se van deteriorando y reduciendo, y las pensiones privadas van creciendo. Esto no lo quiere así la Constitución. Esto es una desnaturalización del sistema de Seguridad Social que la historia nos ha legado y que la Constitución ha consagrado.

Los bancos y sus representantes políticos de la derecha no se resignan a no hincarle el diente a esos 14 billones de las antiguas pesetas que circulan fuera del circuito del mercado financiero. La escasa implantación de este tipo de negocio en España es la causa fundamental de la reforma del sistema de Seguridad Social. Por eso plantean que hay que incentivar los planes de pensiones, sobre todo los de empleo (los que surgen de la negociación colectiva), mediante los incentivos fiscales.

IU opone a este planteamiento dos objeciones: 1º) ¿Dónde está escrito que la gestión del sistema complementario debe ser privada? ¿Por qué no puede asumir el sistema público de la Seguridad Social la gestión del sistema complementario de las prestaciones? 2º) No debemos financiar con el dinero de todos (las desgravaciones fiscales) la estrategia neoliberal de deterioro del carácter de suficiencia de las pensiones del sistema público.

Granada, 25 junio 2003


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