Secciones: Documentos militante IU/ PCE - El Problema Español - Movimiento Obrero/Mundo del TrabajoTítulo: Argumentario de IU valorando la reforma laboral, propuestas y llamamiento a las movilizaciones para combatirla- Generará más paro, menor salario.- Enlace 1 Texto del artículo:
ENLACE 1 al documento PDF de 5 páginas con el Argumentario de IU contra la reforma laboral, propuestas y llamamiento a las movilizaciones para combatirla elaborado por Izquierda Unida de la Comunidad de Madrid
Anticipo del texto:
MÁS PARO Y MENOS SALARIO. NO A LA REFORMA LABORAL
Argumentario político de valoración de la Reforma laboral
1. VALORACIÓN DE LA REFORMA LABORAL
El pasado 10 de febrero, el Gobierno del PP impuso por decreto una
Reforma laboral cuyo objetivo central es abaratar el despido, bajar
los salarios y atacar a los sindicatos, que dará a los empresarios un
poder casi total frente a los trabajadores.
1.1. Para los trabajadores y trabajadoras que logren un nuevo
empleo, firmarán un contrato con una indemnización máxima por despido
de 33 días por año trabajado en vez de los 45 días actuales, con un tope
de compensación de 24 mensualidades en sustitución de las 42
mensualidades contempladas hasta ahora, lo que puede llevar a perder
-dependiendo de los casos- hasta un 50% de indemnización.
1.2. Los trabajadores que ya tuvieran un contrato no se escapan de
la reforma, ya que a partir de ahora los años que siga trabajando le
acumulará una indemnización de 33 días. De esta forma si un trabajador
llevara 10 años trabajado en una empresa y lo despidieran al año próximo
de manera improcedente (11 años en total), cobraría en dos tramos su
compensación: el equivalente a diez años a 45 días de indemnización y el
último, en el que ya funciona la reforma, con 33 días por indemnización.
1.3. Pero la Reforma laboral también permitirá una rebaja general de
nuestros salarios. Con esta reforma el empresario podrá bajar el sueldo
a los trabajadores sin necesidad de acuerdo simplemente por “razones
económicas técnicas, organizativas o de producción”. De esta forma se
abre la puerta a que se rebaje el sueldo de los trabajadores casi a
capricho de la empresa, así como los horarios, la jornada, los turnos y el
sistema de trabajo, al permitir el descuelgue del convenio colectivo
superior.
1.4. Mientras el Gobierno reconoce que en 2012 el paro afectará a 5,7
millones de trabajadores, aprueba una Reforma laboral que generaliza
el despido de 20 días y 12 mensualidades por causas económicas.
Para ello bastará una caída de las ventas durante tres trimestres para que
una empresa utilice el despido procedente tanto individual como a través
de un ERE que ya no necesitará de autorización previa (ERE exprés).
1.5. Despidos colectivos que abren la posibilidad de despidos
masivos en la Administración pública al permitir el ERE exprés a los
entes, organismos y entidades del sector público que aduzcan nueve
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meses de “insuficiencia presupuestaria”, y que pone en riesgo el puesto
de trabajo de 700 mil empleados públicos y 150 mil que trabajan en
empresas públicas en todo el país.
1.6. En cuanto a los jóvenes, la Reforma laboral condena a la
juventud a una precariedad laboral de por vida, al permitir a las
pequeñas empresas contratar a jóvenes menores de 30 años por un
periodo de prueba de un año que pueden despedir sin que tengan
derecho a indemnización, así como la ampliación hasta los 30 años el
contrato de formación y aprendizaje.
1.7. Respecto a los trabajadores desempleados se abre la posibilidad
de que sustituyen trabajo remunerado, al contemplar que los parados
que formen parte de las listas del INEM y estén cobrando las prestaciones
puedan “realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad
a través de convenios co las Administraciones públicas”, y dar con ello
satisfacción a peticiones como las de Ana Botella que pretende cubrir con
“voluntariado” el trabajo en bibliotecas u otros servicios públicos.
1.8. Faltar al trabajo de manera justificada por enfermedad o por
accidente no laboral durante 9 días en dos meses puede ser motivo
de despido. Así lo contempla el nuevo artículo 52, letra d, del Estatuto de
los Trabajadores el cual establece que se puede despedir por faltas
justificadas superiores al 20% en dos meses o al 25% en cuatro meses,
artículo que atenta al derecho a la protección de salud contemplado en el
art. 43.1 de la Constitución española.
1.9. Por último, las Empresas de trabajo temporal se encargarán de la
colocación. La nueva normativa permite que las ETT ?s actúen como
agencias privadas de colocación para facilitar que los desempleados
encuentran trabajo.
En un momento en el que se necesita apostar por la creación de
empleo, el Gobierno del PP lo que hace es crear una autopista para
que se destruya empleo en nuestro país, se pierdan derechos y se
bajen salarios.
2. CRITERIOS PARA HACER FRENTE A LOS ARGUMENTOS
FAVORABLES A LA ÚLTIMA REFORMA LABORAL
2.1. Se justifica la Reforma laboral con el argumento de que nuestra
legislación laboral está obsoleta al poner trabas a la contratación. Este
argumento se desmonta de manera fácil, ya que los partidarios de este
argumento ¿cómo explican que con la misma legislación el País Vasco o
Navarra tenga una tasa de paro del 13% y Andalucía o Extremadura se
sitúe por encima del 30%?. La legislación laboral no es la que crea
empleo, el empleo se relaciona con la economía y con el modelo
productivo, y una política basada en bajar salarios, recortar inversión y
abaratar el despido, lo único que logra es hundir la economía y el
consumo, y por tanto, destruir más empleo.
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La reforma laboral pretende convertir a todos los trabajadores en
precarios, al imponer la generalización de un contrato con un despido
más barato, discrecional a voluntad del empresario y prácticamente sin
indemnización y convertir la contratación indefinida ordinaria en la gran
damnificada de nuestro sistema de la relaciones laborales.
2.2. El otro argumento con el que se pretende justificar la Reforma laboral,
es la necesidad de reducir salarios para recuperar competitividad y
así aumentar ganancias en las empresas, que luego les permitirá
contratar y crear empleo. Este ha sido el argumento pro-empresarial
principal que ha justificado todas las reformas laborales y políticas de
moderación salarial desde la Transición. Es un argumento erróneo por
cuatro motivos.
1. La crisis en nuestro país se ha generado precisamente por los
efectos de la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores, que
junto a los altos precios de la vivienda, han obligado a los
trabajadores y trabajadoras de nuestro país a endeudarse a niveles
insostenibles para poder consumir.
2. Los principales sectores empresariales no han parado de tener
beneficios desde el inicio de la crisis, como la banca, la cual ha
ganado 28.000 millones de euros desde 2008 (datos de la ABE),
beneficios que no se han dirigido a la creación de empleo.
3. Recordar que ha sido con la aprobación de la Reforma laboral de
2010, cuando hemos alcanzado el mayor número de parados al
llegar a los cinco millones en primavera de 2011.
4. Por último, el aumento del excedente empresarial originado por la
reducción de los salarios no ha ido al aumento de la inversión
privada sino a la adquisición de títulos de capital financiero de
carácter especulativo. En resumen, el principal resultado de
política de reducción salarial ha sido la de reforzar los
comportamientos rentistas y especulativos del empresariado
español.
2.3. La reforma laboral no va a generar empleo. El abaratamiento del
despido no tiene efecto sobre la creación de empleo, ni se mejora la
calidad del mismo flexibilizando la contratación. En los últimos 18 años se
han llevado a cabo 9 reformas del mercado de trabajo cuyo elemento en
común es el abaratamiento del despido y la flexibilización en la
contratación, cuyo resultado ha sido el aumento de la temporalidad y de la
rotación de contratos, precariedad que afecta en la actualidad a 13
millones de trabajadores. Recordar que la Reforma laboral aprobada por
el PSOE en 2010 se presentaba como una herramienta imprescindible
para crear empleo, reforma cuyo resultado final es que hemos llegado a
las 5,3 millones de desempleados y desempleadas.
2.4. La reforma laboral solo busca abaratar el despido, bajar salarios
y la descausalización el contrato de trabajo. La Reforma laboral
generaliza el contrato con despido a 33 días por año trabajado, pero que
con la herramienta del ERE exprés permite imponer el despido a 20 días y
12 mensualidades. Por otro lado se otorga un poder casi total al
empresario frente a la negociación colectiva, al otorgarle la capacidad de
modificar la cuantía salarial de manera unilateral, cuyo resultado será la
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bajada en masa de los salarios en nuestro país. Por último, la creación de
un contrasto con una fijación de un período de prueba de un año, sin
importar el objetivo del periodo de prueba (verificar si el trabajador es
competente para la función para la que ha sido contratado) profundiza en
la descausalización de nuestro modelo contractual, precarizándolo aún
más.
Descausalización por la que se apuesta al ampliar los casos de despido
objetivo por razones económicas, lo que permite abrir las puertas a un
despido más fácil y más barato, así como la desjudicialización de las
relaciones laborales, el descuelgue de los convenios y la unilateralidad del
empresario en la toma de decisiones dentro de la empresa.
2.5. La reforma laboral no va permitir acabar con la temporalidad ni
con la dualidad del mercado laboral. La temporalidad no se reduce con
la simple actuación en el mercado de trabajo por medio de la
generalización del abaratamiento del despido. La falta de empleo y la
generalización de la temporalidad no tienen relación con los modelos de
contrato, sino con el modelo productivo imperante en la economía
española.
3. CRITERIOS PARA UNA LEGISLACIÓN LABORAL DIRIGIDA AL
OBJETIVO DE GENERAR EMPLEO DE CALIDAD
La apuesta por una reforma laboral dirigida al objetivo de generar
empleo de calidad, estable y con derechos, debe basarse en los
siguientes criterios:
3.1. Recuperar el principio de causalidad en toda contratación que no sea
indefinida. En consecuencia planteamos los siguientes tipos de contrato:
a) Contrato de trabajo indefinido.
b) Contrato de trabajo con duración establecida. Deberá obedecer
a una causa concreta y ser autorizado por la Inspección de
Trabajo en su adecuación al principio de causalidad, a la
Legislación laboral general y al Convenio Colectivo aplicable.
c) Las becas serán transformadas en contratos de trabajo con
plenos derechos a todos los efectos.
3.2. Penalizar la cotización por desempleo a la Seguridad Social en los
contratos que no sean indefinidos a tiempo completo.
3.3. Mantener la protección judicial en los casos de despido y la
indemnización por despido improcedente en 45 días en todos los
contratos.
3.4. Supresión de las ETT.
3.5. Eliminación del despido por causas económicas, técnicas,
organizativas o de producción contemplados en el artículo: 52. c. del
Estatuto de los Trabajadores.
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3.6. Garantizar los derechos de los trabajadores y el cumplimiento de las
obligaciones legales de las empresas que intervienen en los procesos de
subcontratación y externalización, estableciendo el cumplimiento conjunto
y solidario de las obligaciones salariales y del conjunto de las derivadas
de la negociación colectiva, de cotización a la Seguridad Social y fiscales.
3.7. Cumplimiento de lo establecido en el artículo: 8 del Estatuto de los
Trabajadores en relación al contrato verbal y el contrato de hecho a los
efectos de obligatoriedad de cotización a la Seguridad Social.
3.8. Reforzamiento de la Inspección de Trabajo hasta alcanzar la media
europea de un inspector cada 7.000 trabajadores, en sustitución de la
actual de un inspector por cada 27.000.
3.9. Condicionamiento de la aplicación del llamado modelo alemán como
medida provisional sustitutiva de los ERE temporales en los siguientes
términos:
a) reducción máxima limitada al 50% de la jornada real.
b) prohibición estricta de realizar horas extraordinarias salvo en caso
de fuerza mayor.
c) mantenimiento del 100% de la cotización a la Seguridad Social por
parte de la empresa.
d) Mantenimiento del derecho al desempleo derivado de los nuevos
períodos de cotización.
e) Asociación de programas de formación a la disminución de la
jornada ordinaria.
3.10. Apoyo a los Servicios Públicos de Empleo frente a los recortes
presupuestarios, de plantilla y los intentos de privatización.
Con más paro y menos salario jamás saldremos de la crisis. Reforma
laboral y recortes sociales hacen que el futuro de España sea el
presente de Grecia. Izquierda Unida llama a los trabajadores y
trabajadoras, fuerzas de la cultura, estudiantes, movimientos sociales y
personas de la izquierda, a participar en la manifestación convocada
por CCOO y UGT el próximo 19 febrero en contra de la reforma laboral.
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